Consejo de Núcleo apoya pronunciamiento de Apula-Trujillo

comunicado_ddhh_nurr El Consejo de Núcleo del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” decidió apoyar el comunicado emitido por la Apula-Trujillo (Foto Alfredo Zambrano)

El Consejo de Núcleo del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” decidió apoyar el comunicado emitido por la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes, Seccional Trujillo, en el cual se pronuncian acerca de la Supresión del Fondo de Jubilaciones de los Profesores de esta casa de estudios superiores (Fonprula).

La información la dio a conocer la profesora Carmen Castillo, coordinadora de Secrertaría, quien señaló que luego de analizar la propuesta presentada por la directiva de APULA-Trujillo, en la sesión ordinaria del pasado miércoles 4 decidieron acoger el Comunicado que sigue a continuación:

Apula encabezado_nurr

La Junta Directiva de la Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes, Seccional Trujillo (Activos y Jubilados), Representantes de la APULA Central (Activos y Jubilados), y los miembros de la Asamblea de Profesores afiliados al gremio (respaldados con firmas anexas), hacen del conocimiento a la colectividad Ulandina, y al pueblo venezolano, el siguiente Comunicado.

CONSIDERANDO

Que el día jueves  26 de febrero de 2015, se realizó en la Sede de la Seccional de APULA Trujillo, una Asamblea de Profesores ACTIVOS Y JUBILADOS, con la finalidad de discutir la Supresión de FONPRULA, dada la comprobada imposibilidad técnica y financiera para cumplir con el objeto y misión que dieron lugar a su creación, en un todo de acuerdo al Informe Definitivo Nº 06-00-1983, de fecha 19-12-2013 y recibido el 23-01-2014 emanado por la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO

Que la Contraloría General de la República ordena examinar junto con sus entes fundadores (Consejo Universitario, Asociación de Profesores de la Universidad de Los Andes – APULA y Seccional de Profesores jubilados), la conveniencia de seguir aportando al pago de las Jubilaciones y Pensiones bajo el estado de incertidumbre actual.

En este sentido, la Asamblea de Profesores Acordó:

PRIMERO

Manifestar su total apoyo a FONPRULA, su Junta Directiva, quienes han venido laborando normalmente, cumpliendo con sus funciones y objeto terminados, reglamentaria y estatutariamente.

SEGUNDO

Apoyar la decisión del Fondo, de designar un equipo de juristas a los fines de fundamentar las respectivas propuestas contenidas en el documento “Desarrollo del Flujograma donde se demuestra que FONPRULA no está sujeta a la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social”.

TERCERO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 109, le confiere a las Universidades Autonomía Administrativa, y, en consecuencia, le reconoce potestad para dictar sus propios reglamentos en materia de Previsión y Seguridad Social, siempre que no sean manifiestamente inconstitucionales o ilegales.

CUARTO

Que el Tribunal Supremo de Justicia en forma pacífica, reiterada y de conformidad con el Artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha interpretado el Artículo 147 estableciendo que la potestad reglamentaria atribuida a los órganos con autonomía funcional, encuentra plena vigencia en el actual ordenamiento constitucional.

En Trujillo a los dos días del mes de marzo del dos quince.

 

“NO EXISTE ARGUMENTO JURÍDICO QUE ESTE POR ENCIMA DE UN PRINCIPIO CONSTITUCIONAL”