La ULA prohibe uso no autorizado de su logotipo

Anexo de la Resolución N° CU-1451/19, de fecha 21.10.2019. Pág. 1/3.

 

MARIO BONUCCI ROSSINI, actuando con el carácter de Rector de la Universidad de Los Andes, en ejercicio del cargo y sus competencias; con fundamento en los artículos 36 y 37 de la Ley de Universidades, resuelve:

 

REMITIDO PÚBLICO SOBRE EL USO INDISCRIMINADO DEL LOGO, MARCA E IDENTIDAD CORPORATIVA “ULA”.

 

CONSIDERANDO

Que la Universidad de Los Andes ha venido observando con preocupación en los últimos meses, el uso indiscriminado sin el consentimiento expreso o tácito de nuestra marca, logo e identidad corporativa por parte de empresas mercantiles, cooperativas, asociaciones y fundaciones que no tienen vínculo alguno con la institución y que no cuentan con el respectivo aval institucional en cumplimiento de los requisitos previamente establecidos para tal fin.

 

CONSIDERANDO

Que "ULA" son las siglas que se utilizan para referirse a La Universidad de Los Andes, y que esta casa de estudios es la segunda Universidad en orden cronológico de las existentes en el país, y ella imparte a Mérida el carácter de “Ciudad Universitaria de Venezuela”

 

CONSIDERANDO

Que la coherencia en el manejo de la identidad de una institución es lo que permite consolidar, en propios y extraños, sus rasgos diferenciadores, esos rasgos distintivos que la distancian de otros entes institucionales y somos nosotros, sus integrantes, los responsables de cómo nos perciben.

 

CONSIDERANDO

Que la Universidad de Los Andes tiene elementos básicos de identidad visual corporativa propios de la institución, que no pueden ser utilizados sin autorización.

 

CONSIDERANDO

Que la “ULA” tiene como responsabilidad, fomentar el respeto de los derechos de propiedad intelectual, bajo los principios de honestidad, equidad, lealtad Institucional, disciplina, eficacia, responsabilidad, puntualidad, transparencia, pulcritud, solidaridad, respeto y trabajo.

 

CONSIDERANDO

Que la “ULA” creó la Unidad de Gestión de Intangibles (UGIULA) como dependencia universitaria para gestionar el patrimonio universitario de carácter intelectual representado en las obras de creación científica, literaria y artística; identificar sus manifestaciones concretas en derechos de autor, patentes y marcas; y proteger las obras y derechos conforme a los mecanismos legales existentes, en un todo de acuerdo con los valores que definen a la Universidad de Los Andes como

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Anexo de la Resolución N° CU-1451/19, de fecha 21.10.2019. Pág. 2/3.

 

institución respetuosa de los derechos humanos y de los principios de compromiso, excelencia, cooperación, integridad, honestidad, lealtad y ética.

 

CONSIDERANDO

Que la Universidad de Los Andes, por sí o como cesionaria, es titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de su marca, logo y página web, así como de los elementos contenidos en la misma (a título enunciativo: imágenes, sonido, audio, vídeo, software o textos, marcas o logotipos, combinaciones de colores, estructura y diseño, selección de materiales usados, programas de computación necesarios para su funcionamiento, acceso y uso), y todos los derechos están reservados a la institución.

 

CONSIDERANDO

Que en el “Reglamento del Programa de Educación Continua de la Universidad de Los Andes”, aprobado según resolución CU-0166-19 del 04 de Febrero de 2019, se establecen, de manera taxativa, en los artículos 9, 10 y 32, los Requerimientos para el uso del logo y marca ULA, así como las Prohibiciones, ello para garantizar los procesos de control y seguridad, estableciéndose un único repositorio para actividades no formales e informales con duración mayor de 24 horas que cuenten con el aval de la Universidad de Los Andes, quedando prohibido el uso del nombre y logo de la Universidad de Los Andes en las certificaciones expedidas en el marco del Programa de Educación Continua, sin la debida autorización y en caso de incumplimiento de la norma, reservándose la Universidad el derecho de ejercer las acciones administrativas, civiles y penales correspondientes.

 

CONSIDERANDO

Que existe igualmente el Reglamento de Programas de Formación, Actualización y Capacitación de la Universidad de Los Andes, que fue aprobado según resolución CU-0887/11 de fecha 23 de Mayo de 2011, y que tiene como uno de sus propósitos fundamentales proyectar a la Universidad como institución de avanzada en el desarrollo de competencias laborales, a través de un proceso de aprendizaje, caracterizado por estar constituido como un proceso de toda la vida, continuo, integral, dinámico y participativo, dirigido a la sociedad, y para el cual aplican las mismas restricciones y prohibiciones establecidas en el Reglamento de del Programa de Educación Continua, materializado en cursos, seminarios, talleres, mesas redondas, coloquios, congresos, foros, jornadas, simposios, conferencias y diplomados.

 

CONSIDERANDO

Que el establecimiento de normas para la educación continua en la Universidad de Los Andes, tiene como objetivo orientar el diseño, elaboración, difusión de este tipo de acciones académicas, unificando condiciones de duración, estructura, evaluación y gestión, asegurando así su calidad y fortaleciendo la función de la universidad.

 

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Anexo de la Resolución N° CU-1451/19, de fecha 21.10.2019. Pág. 3/3.

 

ACUERDA

Prohibir, expresamente, la utilización de la marca, logo, imagen institucional y siglas de la Universidad de Los Andes de Venezuela, con fines académicos y/o comerciales sin su autorización, y alerta que cualquier uso no autorizado previamente por la Universidad de Los Andes de Venezuela, será considerado un incumplimiento grave de los derechos de propiedad intelectual o industrial del autor. Así mismo, no se hace responsable, en ningún caso, de los daños y perjuicios ocasionados por el uso no autorizado del logo, marca, identidad corporativa y siglas de la “ULA”.

 

Reafirmar que la marca, logo e imagen institucional, así como las siglas “ULA”, NO podrán usarse para identificar actividades académicas que no tengan el respectivo aval institucional.

 

Ratificar que el aval otorgado por una Facultad no es delegable, tiene una temporalidad y, en ningún caso, la autorización del uso de la identidad visual corporativa para una actividad específica implica su uso en otras actividades distintas a las expresamente autorizadas.

 

Alertar a los miembros de la comunidad universitaria que no podrán hacer uso de los logotipos (marca, logo, imagen institucional, siglas “ULA”) de la Universidad de Los Andes de Venezuela, sin antes haber cumplido con la normativa de la Universidad, en especial el “Reglamento del Programa de Educación Continua de la Universidad de Los Andes”, aprobado según resolución CU-0166-19/1, y el “Reglamento de Programas de Formación, Actualización y Capacitación de la Universidad de Los Andes”, que fue aprobado según resolución CU-0887/11, pues, en su defecto, serán denunciados ante las instancias administrativas y judiciales pertinentes, por el uso de los mismos sin autorización.

 

Prohibir a particulares la comercialización e/o identificación de producto alguno o cualquier otro servicio asociado con los diseños y etiquetas de la “UNIVERSIDAD DE LOS ANDES” o con cualquier marca o nombres similares o parecidos a las referidas marcas.

 

Advertir que la Universidad de Los Andes se reserva el derecho de accionar jurídicamente en contra de terceros que ilegalmente utilicen, comercialicen o fabriquen, sin su autorización, actividades académicas, servicios y productos iguales o similares a la marca “ULA”, así como el manejo de los recursos financieros que se generen de estas actividades fuera de los mecanismos establecidos por la institución.

 

Generar en la colectividad un compromiso de respeto a los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de la Universidad de Los Andes de Venezuela.

 

En Mérida, a los veintiún (21) días del mes de octubre de 2019.

 

 

 

  Mario Bonucci Rossini                                           José María Andérez Álvarez

Rector de la Universidad                                          Secretario de la Universidad

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